SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2020-S3

Fecha: 15-Sep-2020

Fragmento 2

Se encuentra cumpliendo detención preventiva desde hace once meses atrás, por lo que en ejercicio de su derecho a la defensa, de conformidad a lo estipulado en el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP) solicitó la cesación de dicha medida cautelar ante el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz -hoy coaccionado- que se encontraba de turno por la vacación judicial, autoridad que mediante Resolución 064/2019 de 24 de diciembre, rechazó la misma, sin considerar adecuadamente el nuevo elemento probatorio presentado para enervar los riesgos procesales inmersos en los arts. 234.10 y 235.2 ambos del CPP, prueba consistente en un informe de la “UPAVIT”, comúnmente conocido como cámara Gesell; por lealtad procesal debe informar que en anteriores audiencias se mencionó que se estaba realizando tal informe, pero nunca fue presentado, no obstante de haber aclarado ello, la autoridad judicial contradijo dicho informe con el test psicológico como elemento probatorio que pertenece a su persona, pero el Juez coaccionado lo valoró como si fuera el informe de la referida cámara Gesell, circunstancia advertida a dicha autoridad, pero no fue tomada en cuenta.