Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2020-S3
Fecha: 15-Sep-2020
II.4.
II.4. Consta acta de audiencia y Resolución 064/2019 de 24 de diciembre, mediante el cual William Presvítero Rodriguez Alvarez, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz -hoy coaccionado-, rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva del accionante, por el que se estableció la persistencia de los riegos procesales inmersos en los arts. 234.10 y 235.2 ambos del CPP, el mismo que ocasionó la interposición del recurso de apelación incidental de medida cautelar previsto en el art. 251 de la referida norma procesal penal (fs. 23 a 27 vta.)
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- delimita las atribuciones y la labor realizada entre jurisdicciones, pues la constitucional no puede ingresar a valorar prueba o revalorizarla, alcanzando su competencia y facultades únicamente a determinar la existencia de lesión de derechos en dicha labor, centrada básicamente en verificar apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad y/u omisión valorativa,
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- b)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- CONFIRMAR en todo