AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2021-O

Fecha: 30-Mar-2021

I.1. Contenido de la queja por sobrecumplimiento

Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2020, cursante de fs. 828 a 838 vta. (Anexo 2), Hernán Darío Crespo Zambrana, entonces Jefe del Departamento VI “Enseñanza, Institutos Navales y Doctrina” del EMGAB y Presidente del Consejo Superior Académico de la Facultad de Ciencias y Artes Militares Navales -ahora activante de la queja por sobrecumplimiento-, manifestó ante este Tribunal Constitucional Plurinacional que la SCP 0365/2019-S3 concedió la tutela únicamente respecto al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, dejando sin efecto la Resolución Académica 232/2018 de 12 de diciembre, disponiendo a su vez la emisión de un nuevo fallo con base a los fundamentos de la señalada Sentencia Constitucional Plurinacional, sin que en ninguna parte de la misma se ordene la reincorporación de Alexander Marcelo Alanez Susaño -accionante- a la Escuela Naval Militar.

Sostiene que dicha determinación fue cumplida a cabalidad al emitir la Resolución del Consejo Superior Académico de la Facultad de Ciencias y Artes Militares Navales 02/2019 de 5 de diciembre; sin embargo, el Juez Público Civil y Comercial, Niñez y Adolescencia y de Sentencia Penal Primero de Vinto del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, a tiempo de resolver la queja por incumplimiento interpuesta por el accionante, en inobservancia de su derecho a ser oído, en total exceso y franco incumplimiento de la SCP 0365/2019-S3, ordenó arbitrariamente mediante decreto de 3 de enero de 2020, no solo la reincorporación del accionante a la Escuela Naval Militar sino también la intervención de la fuerza pública, además de dejar sin efecto la nueva Resolución Académica 02/2019, pretendiendo mantener la Resolución de 15 de febrero de 2019, sin considerar que en revisión el Tribunal Constitucional Plurinacional solo concedió la tutela con relación la Resolución Académica 232/2018, manteniendo las demás vigentes, llegando a tal punto la arbitrariedad de dicha autoridad judicial, que con la finalidad de coaccionar a las autoridades del Instituto Naval, ordenó su procesamiento penal por la presunta comisión del delito de desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad, interpretando libremente la SCP 0365/2019-S3, sin considerar el análisis y la fundamentación jurídica entonces efectuada; por el contrario, sus determinaciones modificaron lo dispuesto por el más alto Tribunal de justicia constitucional.