SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-S4

Fecha: 01-Abr-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Habiendo acudido cada uno en su oportunidad a la jurisdicción constitucional vía acción de libertad, en búsqueda de tutela judicial efectiva, María Inéz Callejas Quintana, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Primero - Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz –hoy demandada–, constituida en Jueza de garantías en cada una de éstas, una vez presentadas dichas acciones y pronunciados sus respectivos autos de admisión, incurre en inobservancias del procedimiento establecido por ley, como ser que “sólo se lee la parte dispositiva del fallo en forma oral” (sic), otras sufren una serie de suspensiones, recesos y otros actos dilatorios, que ocasionan que los fallos dictados por la justicia constitucional no puedan ser ejecutados, y si son denegados tampoco son enviados en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional; por lo que, creen que ello es con la finalidad de favorecer a personas, situaciones y “cosas”.