SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2021-S2

Fecha: 06-May-2021

iii)

iii) La realización del hecho generador no se demostró por el SIN, sin que el Acta de Acciones y Omisiones correspondiente a la inspección ocular realizada en un depósito ajeno, constituya prueba suficiente; ergo, la fiscalización efectuada “…es meramente presuntiva…” (sic) y transgredía el principio de verdad material. Al respecto, la Sentencia 226/2018, estableció que el SIN advertido de la existencia de pólizas de importación registradas en el Libro de Compras IVA; pero no respaldadas ni facturadas; así como pólizas que no fueron registradas en dicho libro, en uso de sus facultades previstas en los  arts. 95 y 100 del CTB  “…procedió a obtener mayor información del periodo fiscalizado (…) por otros medios, a través de terceros Aduana Nacional, inspección ocular y levantamiento de información…” (sic [las negrillas fueron añadidas]).

Acusó que se le impuso una sanción sobre base presunta por la totalidad de mercancía, suponiendo de forma arbitraria que se comercializó el 2010; empero, las ventas se efectuaron en gestiones posteriores pagando los tributos pertinentes. Esta observación fue resuelta de forma fundada y debidamente motivada por las autoridades demandadas; en tal sentido, conforme al análisis precedente contenido bajo el acápite “iii)” del presente análisis, se estableció que la determinación fue correcta, describiendo los elementos probatorios, argumentos y normativa que sustentó la conclusión que la mercadería fue comercializada. Además, se esclareció que la inspección ocular consentida por el auditor de Lahisa Sue Choe Kippes no era el único medio probatorio que sustentaba la determinación, pruebas que no fueron desvirtuadas a lo largo de todo el proceso de fiscalización y determinación. En contraparte, los argumentos ad contrario que sostuvo la contribuyente -hoy impetrante de tutela-, no fueron demostrados de ninguna manera.