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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2021-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2021-S2

    Fecha: 10-May-2021

    II.1.

    II.1. Mediante DS 20873 de 12 de junio de 1985, se declaró la necesidad y utilidad pública para la expropiación de 6000 m2 ubicados en zona “Pampajasi Bajo”, quedando el trámite de expropiación a cargo de la entonces denominada Prefectura del departamento de la Paz (hoy Gobierno Autónomo Departamental [fs. 16 a 17]).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1) El proceso que se encuentra archivado, lo siguió durante largo tiempo
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección
    • 1)
    • cuando se activen dos vías paralelas, la ordinaria, sean éstas judiciales, administrativas o de otra índole
    • no es admisible activar dos jurisdicciones de forma simultánea para efectuar similares reclamos
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • interpuso la demanda de mejor derecho de propiedad, acción negatoria, cancelación de partida, daños y perjuicios
    • ya había presentado un memorial solicitando que los trabajos ediles cesen en su propiedad
    • activó de forma paralela
    • la activación paralela de jurisdicciones impide un pronunciamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • CONFIRMAR

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