SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2021-S2

Fecha: 10-May-2021

II.2.

II.2.  Por Informe 209/98 de 14 de octubre de 1998, se concluyó que Julio Justiniano Suxo Burgoa y otros no contaban con argumento que respalde la apropiación indebida de áreas de propiedad municipal. En tal sentido, se tuvo que: La OM 042/80 de 10 de marzo de 1980, aprobó la planimetría que permitió reajustar los asentamientos existentes en la zona Pampahasi Bajo; y, la Resolución Municipal 00147 resolvió inscribir a nombre de la Honorable Alcaldía Municipal, la superficie de 14048 m2 destinados a equipamiento. Con tal motivo “…en fecha 2 de abril de 1998, a través de la Unidad de Bienes Municipales, se notifica al señor Julio Suxo y Hnos., para que desalojen el inmueble de propiedad municipal debidamente registrado en Derechos Reales…” (sic [fs. 37 a    39]).