SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2021-S4

Fecha: 26-May-2021

III.2. El sistema de periodicidad de la elección o designación de autoridades y personal de apoyo judicial y la carrera judicial estatuida en la legislación boliviana

         Por disposición del art. 179.I de la CPE, “La función judicial es única. La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces; la jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales; la jurisdicción indígena originaria campesina se ejerce por sus propias autoridades; existirán jurisdicciones especializadas reguladas por la ley”; siendo esa la conformación de las distintas jurisdicciones reconocidas en la Norma Suprema y que por delegación del pueblo boliviano cuentan con la potestad de impartir justicia.