SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

sí tiene el deber de individualizar o precisar los actos procesales donde se adviertan que el Órgano Judicial, el Ministerio Público, la parte querellante o víctima provocaron mora procesal, indicando de manera puntual en qué parte del expediente se encuentran los actuados procesales que causaron la demora

De la jurisprudencia citada, se colige que no es obligación del solicitante de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, indicar en la auditoría jurídica presentada, el tiempo de dilación de cada acto procesal, pero sí tiene el deber de individualizar o precisar los actos procesales donde se adviertan que el Órgano Judicial, el Ministerio Público, la parte querellante o víctima provocaron mora procesal, indicando de manera puntual en qué parte del expediente se encuentran los actuados procesales que causaron la demora; para que sea el juez de la causa o el tribunal de apelación, quienes verifiquen si con los mismos se ocasionó o no dilación; y luego mediante resolución debidamente fundamentada y motivada determinen recién el tiempo de la mora ocasionada por cada uno de ellos, cuya sumatoria dará lugar a que se disponga o no la extinción de la acción penal. Asimismo, esta labor de verificación corresponderá también ser realizada al Tribunal de apelación a tiempo de emitir resolución en torno a las apelaciones presentadas, labor que deberá efectuarse con la debida fundamentación y motivación; no debiendo limitarse a efectuar simples afirmaciones o suposiciones, sin realizar un adecuado análisis y razonamiento de los datos del proceso; más aún si en la impugnación presentada, se hubiese alegado que el Juez a quo no realizó una adecuada auditoría jurídica, en cuyo caso el Tribunal ad quem tendrá la obligación de verificarla y de ser evidente realizar una nueva, con la finalidad de establecer si es o no procedente la extinción solicitada por los actos dilatorios y el tiempo de cada uno de ellos.