SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2021-S3
Fecha: 26-May-2021
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su representante legal, ratificó in extenso la acción tutelar planteada y en audiencia la amplió señalando que, la respuesta otorgada mediante la certificación emitida por Asesoría Legal del SSU de 25 de junio de 2020, fue realizada fuera del término previsto en el art. 71.I del Reglamento a la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo -DS 27113 de 23 de julio de 2003-, que determina el plazo de 3 días, habiendo transcurrido casi un mes desde la presentación de la solicitud, además de no haber sido conferida de manera motivada, precisa y congruente; por otro lado, en cuanto al derecho de acceso a la información que se encuentra vinculado al derecho de petición, el art. 21.6 de la CPE, define que el acceso a documentos públicos es irrestricto y no puede ser limitado por ninguna autoridad pública, salvo aquellos que tengan reserva legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- en caso de alegarse la violación del derecho a formular peticiones, corresponde que el recurrente, demuestre los siguientes hechos; a) la formulación de una solicitud expresa en forma escrita; b) que la misma hubiera sido formulada ante una autoridad pertinente o competente; c) que exista una falta de respuesta en un tiempo razonable; y, d) se haya exigido la respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida y no existan otras vías para lograr la pretensión’
- se moduló la Sentencia Constitucional referida precedentemente, señalando que: “…el primer requisito señalado por dicha Sentencia, es decir, la formulación de una solicitud en forma escrita no es exigible, pues la Constitución expresamente establece que la petición puede ser escrita u oral
- cuando se denuncia la vulneración del derecho a la petición, para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión, debe acreditarse:
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- Fragmento 17
- derecho de petición
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER en parte