SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2021

Fecha: 07-Jul-2021

Fragmento 28

En ese orden, el Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Potosí mediante Resolución de 18 de enero de 2019, rechazó la solicitud de declinatoria de competencia interpuesta por las autoridades originaras de los ayllus: Qullana, Chiquchi, Visijsa y Qurqa del Jatun Ayllu Yura, Parcialidad Urinsaya Wisijsa, de la nación Qhara Qhara del departamento de Potosí facultando plantear dicho conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, indicando que si bien la JIOC no está sometida a otra jurisdicción, ello no implica que se encuentre exenta del respeto y protección de los derechos y garantías constitucionales, al contrario, sus actos y decisiones se encuentran sujetas al control de constitucionalidad, la cual no constituye una intromisión por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, sino que esa intervención se activa únicamente cuando se advierta la vulneración de los derechos y garantías constitucionales; aparte de ello, en el presente caso las autoridades originarias que promovieron el presente conflicto no se encuentran legitimadas para plantear el mismo, debido a que la víctima y los sindicados pertenecen a diferentes ayllus; además, la víctima al pretender la tutela del derecho fundamental de acceso a la justicia en la jurisdicción ordinaria, la autoridad jurisdiccional tiene plena competencia para conocer el proceso penal de referencia.