Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2021-S2
Fecha: 13-Jul-2021
II.1.
II.1. Se tiene requerimiento de imputación formal y comunicación de inicio de investigación presentado el 26 de abril de 2020, por Marisol Rodríguez Velásquez, Fiscal de Materia asignada al caso, ante el Juez de Instrucción Penal Primero de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, contra Gabino Characayo Cari Cari -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, solicitando se señale fecha para la audiencia de aplicación de medidas cautelares; mereciendo el Auto de la misma fecha, fijándose el acto procesal para igual día (fs. 50 a 55).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- La obligación de fundamentar las resoluciones también es aplicable a aquellas que resuelven apelaciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- Respecto al numeral 1)
- En relación al numeral 2),
- Con referencia
- Respecto al numeral 4),
- CONFIRMAR