Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2021-S2
Fecha: 16-Jul-2021
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 28 de julio de 2020, cursante de fs. 182 a 186, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Valeriana Molina Rocha de Soto contra Raúl Mendoza Higuera, Lupe Edith Buendia Valencia, Celso Molina Muñoz, Julieta Lamas Vargas, Beto Milton Mazzi Encinas, Delia Gutiérrez Miranda y Javier David Andrade Claros, Concejales del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto del departamento de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- No aprobado
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el derecho a ejercer la función pública
- de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país
- III.
- no se puede restringir el derecho a ejercer materialmente dicho cargo, debiendo garantizarse por el contrario, la posibilidad de hacer cumplir las labores para las cuales fueron elegidas o elegidos en condiciones dignas y justas;
- el derecho al ejercicio de la función pública en cualquiera de sus formas se halla íntimamente vinculado al derecho al Trabajo,
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- no aprobar
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- CONFIRMAR