Auto Interlocutorio Definitivo S2/0018/2012L
Fecha: 15-May-2012
CONSIDERANDO: Que, del informe de Secretaría de Cámara de Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 24 de obrados, se establece que el plazo para la subsanación de demanda que cursa a fs. 17, ha sido superado abundantemente, por lo que corresponde aplicar la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ. ...