EXPEDIENTE: N° 33/2.011
Tribunal Agroambiental Bolivia

EXPEDIENTE: N° 33/2.011

Fecha: 11-Dic-2020

Hechos Probados Por La Parte Demandante:

I.-HECHOS PROBADOS POR LA PARTE DEMANDANTE:

a) Que, el predio rural denominado: "La Pecera ", de propiedad de la parte actora, se encuentra totalmente enclavada, sin acceso libre al camino asfaltado que une la ciudad de Tarja, con la comunidad de Tomatas Grande.

b) Que, la Parcela Rural denominada: "Parcela 662 ", anteriormente a los trabajos efectuados por el INRA en la comunidad de "Tomatas Grande ", constituía un camino de acceso o servidumbre de paso y que con el Saneamiento realizado en la zona, se constituyó en un "Bien de Dominio Público ", de propiedad del Municipio de San Lorenzo.

c) Que, el acceso hacia la Parcela Rural denominada: "La Pecera ", de propiedad de la parte actora, a la fecha se encuentra obstruido hasta la quebrada, por un muro de piedra y ladrillo en la parte próxima al camino asfaltado y un alambrado y postaje en la parte alta que inclusive sobrepasa la quebrada hasta la otra orilla de la misma, trabajos que han sido efectuados por la parte demandada, conforme a los datos existentes en el proceso, que corroboran lo manifestado por la demandada en la Contestación realizada, así como en el contenido de la Demanda Reconvencional interpuesta .

Por consiguiente, la parte actora Ha Probado íntegramente los Puntos de Hecho establecidos a fs. 123 vta. de obrados .