Conclusiones
V. CONCLUSIONES
1.- En la especie, la parte actora ha demostrado el derecho de propiedad, haber estado en posesión del bien antes de despojo, ha demostrado la eyección a causa de los demandados la posesión actual e ilegítima de los demandados, por consiguiente demostrado los presupuestos para la reivindicación, establecidos en el Art. 1453 del Código Civil, como los daños y perjuicios sufridos.
2.- Ha cumplido con la carga impuesta por el Art. 1283-I del Código Civil y Art. 136.II y III de la Ley 439, Código Procesal Civil.
3. - Los demandados no han desvirtuado los argumentos de la demanda, correspondiendo en consecuencia resolver:
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Antecedentes Procesales: Antecedentes con relevancia
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. El proceso agroambiental de Acción Reivindicatoria y la defensa de la propiedad agraria.
- FJ.II.3. El caso concreto
- Por Tanto 1
- SENTENCIA N° 08/2021
- Considerando 1
- Contestacion A La Demanda
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Conclusiones
- Por Tanto 2
