Considerando 1
ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURIDICA
I.- Mediante memorial de fs. 29 a 33, y aclaración de fs. 38 a 39, se apersona Evarista Cadencia Ramon, en representación de la Asociación de Pueblos Guaranies(YAKU - IGUA) demandando acción de mejor derecho y consiguiente reivindicación del predio denominado "Campo Verde", ubicado en el municipio de Yacuiba, Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, en contra de Rene Rollano Marquez, Alfredo Rollano Marquez, Jaime Rollano Marquez, Justino Rollano, Rolando Rollano Marquez, Melquiadez Rollano Lopez, Diego Rollano Lopez, Hugo Rollano Marquez, Yber Rollano Rodriguezy Freddy Rollano Rivera, bajo los siguientes argumentos:
Sobre el derecho de propiedad, refiere: Que por la documental, adjunta consistente en Título Ejecutorial TIOC - NAL - 000170, Resolución Administrativa de Dotación RA-ST N° 0259/2011 de 15 de diciembre de 2011, Plano Catastral 0603001102166, con registro en Derechos Reales en la Matricula 6.04.1.01.0009981 de fecha 18 de noviembre de 2018, acredita que la Asociación de Pueblos Guaraníes (Yaku - Igua), es propietaria de 4 predios o parcelas con una superficie total de 644.0959 has, dentro de ellas se encuentra la parcela que denominan "Campo Verde" que en la Resolución Administrativa de Dotación figura como número uno (1) que tiene una superficie de 174, 2474 hectáreas colinda al Norte con el predio Campo Verde, al Sud con predio La Palma, al Este con predio Madrejones y al Oeste con predio Campo Verde.
Como hechos que motivan la demanda expone: Dentro del predio los demandados de manera arbitraria y una vez tomado conocimiento que fue declarado fiscal y consolidado su derecho de propiedad vía dotación, empezaron a ejecutar trabajos con la habilitación de potreros para sembrar una superficie aproximada de 40 hectreas y además introduciendo ganado vacuno, privándolos de ingresar a su propio terreno a pura amenazas e intentos de agresiones físicas cada vez que pretenden realizar algún trabajo en su terreno como acto de ejercicio de su derecho de propiedad. Atropello que es sistemático y a pura fuerza y amedrentamiento sin presentar ningún documento que avale su derecho de propiedad del terreno, que cada vez van avanzando más, sin permitirlos ingresar para cumplir las tareas productivas. Por otra parte indica que buscando una solución amigable al caso, procedieron por la vía preparatoria de una conciliación previa e inspección judicial sin que la otra parte muestre interés en buscar una solución.
Por lo expuesto demanda la acción de declaración de mejor derecho y consiguiente reivindicación solicitandoque en sentencia se declare probadala demanda y ordene la Reivindicación de su derecho propietario con la entrega del terreno en el área demandada con cotas y costos más el pago de daños y perjuicios por impedir la siembra y cosecha de productos en su terreno.
II Mediante auto de fs. 40 a 40 vta. se admite la demanda únicamente como acción de Reivindicación y se corre en traslado a los demandados.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Antecedentes Procesales: Antecedentes con relevancia
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. El proceso agroambiental de Acción Reivindicatoria y la defensa de la propiedad agraria.
- FJ.II.3. El caso concreto
- Por Tanto 1
- SENTENCIA N° 08/2021
- Considerando 1
- Contestacion A La Demanda
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Conclusiones
- Por Tanto 2
