Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, con la atribución conferida por los arts. 189.1) de la CPE, 11,12 y 144.I inc. 1) de la Ley 025, 36.1) y 87.IV de la Ley 1715, de conformidad a los arts. 220.II de la Ley 439, esta última en aplicación supletoria a materia agroambiental por disposición del art. 78 de la Ley 1715 y, en consecuencia.
1º. Declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por René Rollano Marquez, Fredy Rollano Ribera, Melquiadez Rollano López, Yber Rollano Rodríguez, Hugo Rollano Marquez y Justino Rollano López -demandados y ahora recurrentes- cursante de fs. 443 a 448; con costas y costos.
2º MANTIENE FIRME Y SUBSISTENTE la Sentencia 08/2021 de 02 de junio de 2021, pronunciada por el Juez Agroambiental con asiento judicial en Yacuiba, cursante de fs. 432 a 442.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Primera
María Tereza Garrón Yucra Magistrada Sala Primera
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Antecedentes Procesales: Antecedentes con relevancia
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. El proceso agroambiental de Acción Reivindicatoria y la defensa de la propiedad agraria.
- FJ.II.3. El caso concreto
- Por Tanto 1
- SENTENCIA N° 08/2021
- Considerando 1
- Contestacion A La Demanda
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Conclusiones
- Por Tanto 2
