incumplimiento de plazos,
En el punto 5.3 de la demanda manifiesta el incumplimiento de plazos, en el proceso de reversión, vulnerando los arts. 71 y 194 del Reglamento Agrario. De la misma forma en el punto 5.4 denuncia otras Irregularidades , como las notificaciones, refiriéndose a la funcionaria que estaba al mismo tiempo en la CAO, en el INRA en dos ciudades que considera irregularidades inadmisibles que plagan de nulidad todos los actos. Al igual que el fraude procesal de la solitud de anotación preventiva realizada a DD.RR. de fecha 2 de febrero del 2012, es decir 2 días antes del auto de inicio ya se dispuso la anotación preventiva. Finalmente, manifiesta que en el proceso se ha vulnerado el debido proceso, reconocido por el art. 115 - II y el principio de la legalidad establecido en el art. 232 ambos de la C.P.E., además de la seguridad jurídica establecida en el art. 4 del D.S. N° 29215.
- VISTOS
- CONSIDERANDO
- III, acusa los hechos en los que se funda la demanda - antecedentes del derecho propietario.-
- 3.2, referente a la ejecución del proceso de reversión por parte del INRA
- IV, señala los derechos vulnerados con la ejecución y con la resolución del proceso de reversión
- rónea la valoración de la FES,
- manifiesta que no se ha valorado desastre natural del 2010;
- icios procesales. 5.1. Respecto a la Avocación,
- alta de firma del responsable jurídico en la Resolución Final de Reversión y en la Resolución de Avocación
- incumplimiento de plazos,
- Petitorio,
- Punto N° 1
- Punto N° 2
- Referente a la ejecución del proceso de reversión por parte del INRA
- punto 4.1
- De acuerdo a la capacidad de uso de la tierra en pastizales y arboledas se recomienda desarrollar una ganadería extensiva, con carga animal adecuada y prácticas de conservación de suelos. Evitar sobrepastoreo. Uso controlado de la quema
- punto 5.2
- POR TANTO
