Sentencia Agraria Nacional S2/0016/2013
Tribunal Agroambiental Bolivia

Sentencia Agraria Nacional S2/0016/2013

Fecha: 15-May-2013

Referente a la ejecución del proceso de reversión por parte del INRA

Referente a la ejecución del proceso de reversión por parte del INRA , (y el punto 5.1. de la demanda ) a decir del demandante ésta se encuentra plagada por ilegalidades, que va desde la Resolución Administrativa de Avocación N° RES-DGAT N° 001/2012 de 3 de enero de 2012. Al respecto, cabe manifestar que la avocación es una figura que forma parte del Derecho Administrativo, mediante la cual un órgano jerárquicamente superior, en este caso la Dirección Nacional del INRA decide asumir el ejercicio de competencia, que corresponden al órgano titular e inferior como es INRA Departamental de Santa Cruz, cuya eficacia radica porque corresponde a una misma Administración, misma que es concreta, especifica y no así general como denuncia el demandante, por lo que la Resolución cuestionada está enmarcada dentro de los alcances establecidos en el art. 51 - I. inc. a) del D.S. N° 29215, conforme evidencia el Informe Legal DDSC-JAJ- N° 180/2011 de 30 de diciembre de 2011, cursante de fs. 1 a 3 de antecedentes; específica en tanto solo hace referencia para los procesos administrativos de reversión por incumplimiento de la función económica social, en el Departamento de Santa Cruz, notificada oportunamente a las diferentes instituciones y al mismo INRA Departamental de Santa Cruz. Además, cabe manifestar que estos procesos se pueden efectuar de oficio, marco en el que actuó el INRA en uso específico de las atribuciones que emergen de la Ley, por lo que no es aplicable la nulidad establecida por el art. 122 de la C.P.E.