SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 040/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 040/2023

Fecha: 19-Oct-2023

Argumentos De La Demanda: Fundamentos Jurídicos para declarar la Nulidad del Título Ejecutorial individual N° SPP

I.2. Fundamentos Jurídicos para declarar la Nulidad del Título Ejecutorial individual N° SPP-NAL-072512

Citando el art. 66 de la Ley N° 1715, refiere que “La titulación de las tierras que se encuentran cumpliendo la función económico social o función social, definidas en el art. 2 de esta ley, por lo menos dos años antes de su publicación, aunque no cuenten con tramites agrarios que lo respalden, siempre y cuando no afecten derechos legalmente adquiridos por terceros, mediante procedimiento de adjudicación simple o de dotación, según sea el caso”; que, el Estado puede otorgar Títulos cumpliendo tres requisitos esenciales; a) posesión anterior a la promulgación de la Ley N° 1715; b) Cumplimiento de la Función Social o Económico Social; c) que no afecten derechos de terceros legalmente constituidos; en consecuencia, indica que, su posesión es a todas luces ilegal, incurriendo en fraude en la antigüedad de la posesión; que se ha verificado el cumplimiento de la Función Social de los demandados, dicho aspecto era realizado por un contrato agrario bajo la modalidad de “al Partido” o aparcería se tiene demostrado que la presunta posesión la ejercía sobre terrenos con derecho de posesión y tenencia desde la Reforma Agraria de 1953, al haberse emitido Títulos en sobre-posición a la posesión legal agraria y material y se ha afectado derechos legalmente adquiridos de Julián Encinas.