SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 040/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 040/2023

Fecha: 19-Oct-2023

FJ.II.4. Norma aplicable al caso de autos.

Que el proceso de saneamiento en el predio denominado “Comunidad Muyurina Parcelas, 003, 004, 006, 007, 008,009, 010 y 011”, fue iniciado bajo la modalidad de Saneamiento Simple de Oficio con aplicación de saneamiento interno, ejecutado en el inicio (Resolución Determinativa de Área de Saneamiento e inicio de procedimiento y el desarrollo de las Pericias de Campo (hoy denominado Relevamiento de Información en Campo) en el marco de la Ley Nº 1715 de 18 de octubre de 1996 (del Servicio Nacional de Reforma Agraria), y el Decreto Supremo N° 25763 de 5 de mayo de 2000 (Reglamento agrario de la Ley N° 1715), modificado por el Decreto Supremo N° 25848 de 18 de julio de 2000 y la “Guía de Actuación del Encuestador Jurídico Durante Pericias de Campo”, aprobado por Resolución Administrativa R-ADM. – 0092/99 de 05 de julio de 1999; posteriormente, los cuestionados Títulos Ejecutoriales Nros. PPDNAL 477302, PPDNAL 477303,  PPDNAL 47305,  PPDNAL 477306,  PPDNAL 477307,  PPDNAL 477308,  PPDNAL 477309, PPDNAL 477310, todos de fecha 11 de agosto de 2015, fueron emitidos, antes de la vigencia de la Ley Nº 1715, modificada por la Ley 3545 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 29215 de 02 de agosto de 2007 (Reglamento de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545); así como en vigencia de la Constitución Política del Estado (CPE) de 1967, con reformas introducidas por la Ley Nº 1585 del 12 de agosto de 1994, texto concordado de 1995 sancionado por Ley Nº 1615 del 6 de febrero de 1995, y reformas introducidas por Ley Nº 2410 del 8 de agosto de 2002, vigente en su oportunidad.