SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 16/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 16/2023

Fecha: 29-May-2023

1.1 2.- Incorrecta aplicación del control de calidad prevista por el art. 266.IV del D.S. N° 29215

1.1.2.- Incorrecta aplicación del control de calidad prevista por el art. 266.IV del D.S. N° 29215

Manifiesta que a través del Informe Técnico Legal JRLL-USB-SAN N° 250/2020 de 6 de octubre (fs. 872 a 878) que realiza de oficio el control de calidad, el INRA identificó errores y contradicciones de fondo a momento de valorar la sobreposición de los expedientes N° 11410 y N° 27760 al predio objeto de saneamiento, y la sobreposición a Tierras de Producción Forestal Permanente, contradiciendo plenamente las conclusiones del Informe en Conclusiones de 22 de septiembre de 2011, por lo que, en aplicación del 266.IV del D.S. N° 29215, correspondía que en ese caso, se emita una Resolución Administrativa debidamente motivada y fundamentada, disponiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, no siendo facultad discrecional del INRA la emisión o no de una decisión al respecto, por lo que de esa manera se habría aplicado incorrectamente el art. 266.IV del D.S. N° 29215, omitiéndose el procedimiento para realizar el control de calidad, rectificando errores de fondo a través de un Informe Técnico Legal, cuando la norma establecería en caso de errores de fondo, necesariamente que se debería retrotraer hasta el vicio más antiguo el procedimiento, mediante una Resolución  Administrativa.