SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 16/2023
Fecha: 29-May-2023
FJ.II.4. Sobre el límite máximo de la propiedad agraria (5000.0000 ha)
El art. 398 de la Constitución Política del Estado, refiere
que: “La superficie máxima (de la propiedad agraria) en ningún caso podrá
exceder de cinco mil hectáreas”; al respecto el Tribunal Agroambiental,
mediante la SAP S2a N° 47/2022 y la SAP S2a N° 54/2022,
ya se ha referido a ello modulando sus criterios, determinando que
corresponderá en saneamiento, reconocer la propiedad agraria con una superficie
de hasta sólo cinco mil hectáreas, ya sea en derecho de propiedad (con
antecedentes agrarios sustanciados ante el ex CNRA o el ex INC) y en derecho de
posesión o en la conjunción de ambos, siempre que cumplan con la Función
Económico Social, y en el caso de la posesión para ser reconocida como legal,
además, deberá ser anterior a la promulgación de la Ley N° 1715 de 18 de
octubre de 1996; con ello, queda suficientemente claro que de ningún modo la
propiedad agraria o rural sobrepasará el límite establecido constitucionalmente
de cinco mil hectáreas, sumando antecedente agrario y posesión legal, incluso
en dichos fallos agroambientales se ha seguido la jurisprudencia constitucional,
toda vez que la SCP 1163/2017-S2 de 15 de noviembre de 2017, ha sido modulada
por la SCP
0872/2018-S3 de 13 de diciembre de 2018, la que, a su vez,
fue confirmada por la SCP 0572/2021-S2 de 27 de septiembre de 2021,
determinando que no corresponde reconocer más allá de las 5000 ha, sumando
tanto derechos emergentes de antecedente agrario y de posesión legal.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- 1.1 2.- Incorrecta aplicación del control de calidad prevista por el art. 266.IV del D.S. N° 29215
- 1.1 3.- Vulneración del límite constitucional de 5000 ha conforme al art. 398 de la CPE
- 1.1 4.- Reconocimiento expreso de la existencia de errores en la tramitación del procedimiento agrario por parte del INRA
- 1.1 5.- Ausencia de fundamentación, motivación y congruencia de la resolución final de saneamiento
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Pronunciamiento de los terceros interesados
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en sede administrativa
- Fundamentos Juridicos
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- FJ.II.2. Sobre el saneamiento de la propiedad agraria
- FJ.II.3. Verificación de la Función Social (FS) o Función Económica Social (FES)
- FJ.II.4. Sobre el límite máximo de la propiedad agraria (5000.0000 ha)
- Análisis Del Caso Concreto
- Análisis Del Caso Concreto: Respecto a valoración del cumplimiento de la Función Económica Social de los predios "San José" y "Motacú"
- Análisis Del Caso Concreto: Respecto a la denuncia de incorrecta aplicación del control de calidad al proceso de saneamiento de los predios "San José" y "Motacú"
- Análisis Del Caso Concreto: Respecto a la vulneración del límite constitucional de 5000 hectáreas
- Análisis Del Caso Concreto: Con relación al reconocimiento de errores por parte del INRA, en la tramitación del proceso de saneamiento, falta de fundamentación, motivación y congruencia de la Resolución Suprema N° 27179 de 6 de noviembre de 2020 Con relación a que el INRA al emitir el Informe Técnico Legal DGST
- Por Tanto 1