Resolución Distrito: Sentencia N° 13/2022 de 15 de julio.
Fecha: 05-Dic-2022
Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
I.1. Argumentos de la demanda
Jaime Rengifo Delgadillo, presenta demanda por cumplimiento de obligación de dar en contra de y Ana Torrez Portal, bajo los siguientes argumentos:
Que, empieza manifestando la representante legal que su mandante conforme al folio real signado con el N° 6.01.0.10.0002734, Bajo el asiento "A-2" de fecha 25 de Marzo del 2019 y que merece la fe probatoria asignada por el Art. 1287 del Cód.Civ., queda evidenciado que en fecha 17 de Octubre del 2018 adquirió a título oneroso de los señores Policarpio Sánchez Flores y Ana Portal Torrez una pequeña propiedad rural ubicada en la comunidad campesina Turumayo, provincia Cercado del Departamento de Tarija, signado como Parcela 0153, con una superficie de 0.1242 Hectáreas.
Que ha esperado que los vendedores hagan la entrega de la pequeña propiedad vendida, su mandante fue demasiado paciente, dice con los vendedores para que puedan desocupar la pequeña propiedad y hacerle entrega en su condición de actual propietario. No obstante el tiempo transcurrido, y ante el silencio de los accionados, su representado se habría apersonado a la comunidad de Turumayo munido de una carta notariada, para que desocupen el bien inmueble, no obstante la señora Ana Torrez Portal vocifero a su mandante y en estas circunstancias, únicamente fue firmada la carta por Policarpio Sanchez Flores en fecha 02 de Mayo del 2019 otorgándoseles un plazo de cinco días para que desocupen y hagan entrega del bien inmueble a su propietario, extremo incumplido sin embargo, de haber intentado en varias oportunidades a hablar amigablemente sobre el tema, todo lo contrario se ponen muy malos vertiendo amenazas sin la menor opción de hacer una dejación pacifica del bien inmueble, lugar donde a la fecha siguen viviendo sin embargo de no ser propietarios del mismo, puesto que su representado tiene absolutamente regularizado su derecho propietario conforme a ley.
Que, la señora Marcela Martha Gutierrez a nombre y en representación legal de su mandante el señor Jaime Renjifo Delgadillo, instaura demanda "cumplimiento de obligación", fincando sus pretensiones en el numeral 1) del Art. 614 del Cód. Civil, con relación a los numerales 5) y 8) del Art. 39, 79-1) y 82 de la Ley Nº 1715, modificada por la Ley Nº 3545 de y Arts. 291, 377 y 388 del Código Procesal Civil. En definitiva, solicita que en Sentencia se declare en calidad de PROBADA la misma en todas sus partes, impetrando específicamente: a).- Disponer que la parte accionada, cumpla con la obligación asumida en contrato suscrito en fecha 17 de Octubre del 2018, entregándole el bien inmueble rural vendido signada con el Nº 0153 ubicada en inmediaciones de la Comunidad de "Turumayo" con una superficie de 0.1242 Hectáreas, bajo prevenciones de librarse Mandamiento De Desapoderamiento y b) La imposición de costas y costos.
- Encabezado
- 1.Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- 2.Argumentos del recurso de casación
- 3.Argumentación de la contestación al recurso de casación
- 4.Trámite procesal
- 5.Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.2. Base legal respecto a la demanda de "cumplimiento de obligación de dar"
- FJ.II.3. Principio de buena fe
- FJ.II.4. Confesión judicial
- FJ.II.5. La facultad de revisión de oficio del proceso oral agroambiental elevado en casación y la jurisprudencia reiterada acerca de la trascendencia de las nulidades procesales ante vulneración de normas de orden público, conforme establece el art. 17 de la Ley N° 025
- FJ.II.6. Jurisprudencia respecto al principio de congruencia
- FJ.II.7. Valoración de la prueba en la jurisdicción agroambiental
- FJ.II.8. Examen del caso concreto
- 513.19 m2, está con construcciones de viviendas, siendo estas construcciones ratificadas por la Juez de instancia al momento de realizar la Inspección Judicial (punto I.5.10. ) en el lugar del conflicto, acta de audiencia que cursa a fs. 324 y vta. de obrados.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA No.13/2022
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos De La Contestación.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Audiencia Principal O Preliminar Y Complementaria
- Antecedentes Procesales: Pruebas.
- Fundamentos Jurídicos
- Fundamentos Jurídicos: Fundamentos De La Resolución. (Premisa normativa)
- Fundamentos Jurídicos: Análisis Del Caso (Premisa Fáctica)
- 2.1.1. Prueba Documental
- 2.1.3. Inspección Judicial
- 2.1.4. Informe Técnico
- 4.2 - El predio con una superficie de 0,1242 ha. Ubicado en el Municipio de Tarija de la provincia Cercado del Departamento de Tarija, el 100% de su superficie se encuentra dentro del Área Rural"
- Por Tanto 2