Resolución recurrida: Sentencia Nº 07/2022 de 17 de mayo de 2022
Fecha: 15-Jul-2022
Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
I.5. Actos procesales relevantes
I.5.1. De fs. 4 a 5 vta. cursa Documento Privado de 31 de agosto de 2015, el cual en su Clausula Segunda y Tercera establecen que Pablo Sánchez Arce y Francisca Teresa Ordoñez Mercado de Sánchez, transfieren 2 ha, de terreno por la suma cancelada en su totalidad a momento de suscribir el contrato de 65.000 $US. a favor de Félix Jurado Sánchez y Mirian Maribel Condori Subelza; expresando la Cláusula Cuarta que el comprador deberá proceder a regularizar su derecho propietario vía saneamiento ante el INRA, pudiendo adherirse a la misma vía inclusión.
I.5.2. De fs. 19 a 20 de obrados, cursa fotocopia simple del Documento Privado de Compraventa de terreno de 04 de octubre de 2014, suscrito entre Mario Nataniel Gareca Heredia (vendedor) y Pablo Sánchez Arce y Francisca Teresa Ordoñez Mercado de Sánchez (Compradores), la Cláusula Segunda establece que la fracción de terreno transferida es de 4 ha, y la Cláusula Cuarta refiere que deja expresa constancia que el vendedor se compromete a coadyuvar de manera forzosa con el registro del título en las dos etapas del conclusión del Saneamiento Simple de Oficio.
I.5.3. De fs. 21 a 22 de obrados, cursa fotocopia simple del Informe Jurídico AA.LL. Nº 290/2016 de 12 de septiembre de 2016, emitido por el INRA, el cual en el punto 3. CONCLUSIONES y SUGERENCIAS numeral 1 señala que la Resolución Administrativa de Medidas Precautorias RES.ADM.RA-TJA Nº 213/2013 de 06 de octubre de 2014, fue emitida para una parte del predio "Los Tajos" (excluido del proceso de saneamiento) y que no fue expedida para todo el predio, sólo para el área que mostró el Sr. Rosendo Julián Gareca Heredia, en el lugar donde se hizo la inspección ocular.
I.5.4. A fs. 23 de obrados, cursa fotocopia simple del decreto de aprobación que le corresponde al Informe Jurídico AA.LL. Nº 290/2016 de 12 de septiembre de 2016.
I.5.5. De fs. 24 a 25 de obrados, cursa Informe Técnico UT-TJA Nº 171/2020 de 14 de octubre de 2020, el mismo en el punto ANALISIS y OBSERVACIONES señala que el predio "Los Tajos" que consigna como beneficiarios a Mercedes Yebara Sandoval y Mario Nathaniel Gareca Heredia, fue excluido del Saneamiento Interno por presentar conflictos, por lo deberá someterse al procedimiento común.
I.5.6. A fs. 26 de obrados, cursa decreto de aprobación de 14 de octubre de 2020, que le corresponde al Informe Técnico UT-TJA Nº 171/2020 de 14 de octubre de 2020.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en el fondo
- 1.2 2. Error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba .- Indican que la Juez de la causa si bien de oficio requirió pruebas, pero sin embargo, estos medios de prueba habrían sido suprimidos por dicha autoridad, porque de fs. 96 a 97 de obrados, cursa Informe Técnico UT-U-SAN-INF-TEC-LEG Nº 860/2021 que señala que el predio "Los Tajos", ha sido excluida del proceso de Saneamiento Interno de la "Comunidad Campesina Tolosita Oeste", el cual se encontraba en etapa de trabajo de campo; señala que dicho informe también detallas que el predio se encontraba con medida cautelar a consecuencia de la Resolución Administrativa RA-TJA Nº 05/2020 emitida el 26 de noviembre de 2020, que en su parte Resolutiva Primera dispone medida precautoria de prohibición de realizar trabajos nuevos (no innovar) y no consideración de transferencias del predio objeto de saneamiento para los señores Mario Nathaniel Gareca Heredia, así como para cualquier otra persona que reclame derecho propietario sobre las áreas en conflicto del predio "Los Tajos" ubicados en la "Comunidad Campesina Tolomosita Oeste".
- Antecedentes Procesales: Argumentación de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del recurso de casación
- FJ.II.2. El cumplimiento del contrato.
- FJ.II.3. Examen del caso concreto
- FJ.II.3. 1. En lo que respecta a la solicitud de nulidad por aplicación indebida del art. 76 de la Ley Nº 1715 (Principio de Especialidad) y el art. 397 de la CPE)
- FJ.III.3. 2. En cuanto al error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba
- Por Tanto 1
- SENTENCIA No.07/2022
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos De La Contestación.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Audiencia Principal O Preliminar Y Complementaria
- Antecedentes Procesales: Pruebas.
- Antecedentes Procesales: Plazo De Emisión De La Sentencia Y Suspensiones
- Fundamentos Jurídicos
- Fundamentos Jurídicos: Fundamentos De La Resolución. (Premisa normativa)
- Fundamentos Jurídicos: Análisis Del Caso (Premisa Fáctica)
- 2.1.1. Prueba Documental
- 2.1.2. Valoración judicial de la declaración testifical
- 2.1.3. Inspección Judicial
- 2.1.4. Informe Técnico
- 2.1.5. Prueba de oficio
- Por Tanto 2