Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2023 de 17 de febrero
Fecha: 06-Jun-2023
FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
El recurso de casación es un medio de impugnación que se asemeja a una
demanda nueva de puro derecho. Si bien el recurso de casación en materia civil,
está sujeto al cumplimiento de requisitos esenciales específicamente
determinados por ley, esto no ocurre en materia agroambiental, dado el carácter
social de la materia y los derechos involucrados, como son la propiedad
agraria, actividad agraria y pecuaria vinculados a la tierra, territorio, medio
ambiente, biodiversidad, agua y actividades de naturaleza agroambiental, más
aún cuando los jueces y tribunales están obligados a realizar una
interpretación intercultural en la protección y garantía de los derechos, que
el ámbito interno encuentra fundamento en los arts. 1 y 178 de la CPE, que
consagran el principio de interculturalidad, aspectos esenciales que han
permitido realizar flexibilizaciones para la admisión del recurso de casación.
En efecto, el Tribunal Agroambiental, en su jurisprudencia con el
estándar más alto de protección en resguardo del derecho de acceso amplio a la
justica agroambiental, ha entendido que el incumplimiento de requisitos en la
interposición del recurso de casación-adoleciendo de “técnica recursiva” no
impiden el análisis de fondo, en observancia del principio pro actione (acceso a la jurisdicción agroambiental en sentido
amplio, sin obstáculos y restricciones formales, contenido en el art. 115 de la
CPE) y el principio pro persona o pro
homine, entre otros; esto supone que, si el recurrente de casación no
identifica ni distingue claramente los argumentos de casación en la forma y en
el fondo, efectuándose sólo una relación de los antecedentes del proceso, de
todas formas, el Tribunal Agroambiental debe ingresar al análisis de fondo.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación, cursante de fs. 273 a 277 vta. de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.1. 2.b). El recurso de casación en la forma, procede por la vulneración de las formas esenciales de proceso, es decir, por errores de procedimiento que derivan en infracciones formales o cuando en la sustanciación del proceso se hubieren violado las formas esenciales que se encuentren sancionadas con la nulidad por ley. De ser ciertas las infracciones de la forma denunciadas o verificadas de oficio, dará lugar a la nulidad del proceso hasta el vicio más antiguo. Es decir, tiene por objeto subsanar los defectos procesales advertidos en la tramitación de la causa.
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica, presupuestos o requisitos concurrentes de procedencia del Interdicto de Adquirir la Posesión.
- F.J.III.3. Naturaleza jurídica de los procesos Interdictos de Retener la Posesión
- FJ.II.4. La trascendencia de las nulidades procesales ante la vulneración de normas de orden público.
- FJ.II.5. El deber del Juez Agroambiental de cuidar que los procesos se desarrollen sin vicios de nulidad
- FJ.II.6. De la demanda reconvencional.
- FJ.II.7.
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2