Con agudeza afirma que el Tribunal ha violado el art
Con agudeza afirma que el Tribunal ha violado el art. 291 del Código de Procedimiento Penal, por cuanto ante el pedido de "Objeta de admisión de querella y pide rechazo" dispuso la negación de señalamiento de día y hora de audiencia mediante simple decreto de 22 de julio de 2002 que corre a fs. 477, resolución que al ser apelada , el Juez resolvió Rechazar el Recurso de Reposición. En el caso de autos, no existe indefensión, si el imputado al haber hecho uso del recurso de reposición del Decreto de fs. 477, por permisión del art. 403-5) de la L. Nº 1970, mereció la decisión fundada del órgano judicial, tan es así que la misma fluye a fs. 497 de obrados
- CONSIDERANDO: Relación de decisiones judiciales
- El Auto de Complementación y Enmienda de fecha 02 de septiembre de 2002 de fs
- Promovidas las apelaciones restringidas por los procesados y la parte civil; los primeros, por inobservancia
- CONSIDERANDO: De los recursos y precedentes
- 2º
- 4º
- 5º
- 6º
- 7º
- CONSIDERANDO: Que, siguiendo este mismo desglose al recurso de casación formulado por el imputado Carlos
- Sostiene, haberse vulnerado el art
- Interpreta, como error del tribunal el hecho de no haber extendido en su favor los
- Con agudeza afirma que el Tribunal ha violado el art
- En base a las escrituras públicas Nº 10/2001 y Nº 11/2001, que versan sobre contratos
- Como precedentes ofrece el recurrente los siguientes autos: A
- CONSIDERANDO: Razonamiento jurídico - doctrinal
- El ilustre penalista del Derecho boliviano, Dr
- Al estar cumplidos los elementos de los tipos penales ya descritos legal y doctrinalmente, los
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- país y devuélvase
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