Auto Supremo AS/0218/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2004

Fecha: 21-Oct-2004

En el presente caso -dice el recurrente-, fue su persona que rescindió unilateralmente el contrato


En el presente caso -dice el recurrente-, fue su persona que rescindió unilateralmente el contrato mediante la carta de fs. 6-7, y "únicamente perdía las arras y ningún otro monto adicional, como pretende la parte adversa". Agrega ser un hecho cierto que entregó al vendedor la suma de $US 68.485 (SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES AMERICANOS), incluyendo en ese monto los $US. 30.000