Auto Supremo AS/0337/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2010

Fecha: 01-Jul-2010

Que contra la indicada sentencia interpusieron el recurso de apelación restringida, el Ministerio Público el




Que contra la indicada sentencia interpusieron el recurso de apelación restringida, el Ministerio Público el 18 de febrero de 2008 a fs. 102-104, como los procesados Jhonny Villanueva Mercado y Juan Fernando Baños Martínez (fs. 106-108 y vlta.). La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante Auto de Vista No. 17/2008 de 12 de abril de 2008, (fs. 155-159), declaró improcedentes parcialmente las apelaciones restringidas interpuestas por el Ministerio Público y la formulada por los imputados Jhonny Villanueva Mercado y Juan Fernando Baños Martínez, con el argumento que reparando la errónea aplicación de la Ley Sustantiva, conforme a lo previsto por el art. 413 del Código de Procedimiento Penal, Revocó la absolución dispuesta en la Sentencia No. 1/2008 a favor de la imputada Rosa Marlene Villarpando Gutiérrez, arguyendo existir suficiente prueba en su contra e invocando el art. 365 del Código de Procedimiento Penal, la condenó por la comisión del delito de Cohecho Activo, incurso en el art. 158 del Código Penal, imponiéndole la pena de dos años de reclusión en la cárcel pública de "Villazón", concediéndole al mismo tiempo el perdón Judicial previsto en el art. 368 del referido Código