Auto Supremo AS/0417/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2012

Fecha: 30-Oct-2012

Que, según el Tribunal de Alzada, "el Informe Técnico que hace un análisis integral de

Que, según el Tribunal de Alzada, "el Informe Técnico que hace un análisis integral de las pruebas de cargo y de descargo establece en las conclusiones del mismo en forma clara e indubitable la procedencia de todos los cargos impositivos." Esta afirmación, carece de todo valor legal, por cuanto dicho Informe Técnico no realizó ningún análisis de prueba presentada alguna, porque, no existe ningún papel de trabajo presentado por el auditor, no realizó ningún cálculo o análisis de la ampulosa y detallada prueba de descargo y simplemente, se limitó a copiar el monto determinado por la Administración Tributaria. El Tribunal ad quem pretende justificar su manifiesta e indiscutible omisión de revisión del expediente en sus elementos mínimos, era deber realizar una valoración propia de todas la pruebas, por cuanto el Informe Técnico es insuficiente errado e irresponsable por cuanto: i) No tomó en cuenta , ni hace referencia a la existencia o inexistencia de papeles de trabajo; ii) No explica ni demuestra cómo se ha calculado el monto pretendido en la Vista de cargo y la Resolución Determinativa; iii) De la revisión de las más de 2.000 facturas, ni una sola de ellas se la admite como que este correcta ratificándose en la observación de manera genérica; iv) No analizó en absoluto ninguno de los cargos observados ni el de premios, ni las ventas presuntas ni nada; v) No niega los fundamentos sobre la procedencia de la prueba; y vi) No hace referencia al Informe del Perito de parte. Ante la ausencia de todo nadie puede saber y conocer cuál es el cálculo efectuado que se está ratificando con el Auto de Vista recurrido, tanto el a quo como el ad quem, ni siquiera analizaron menos mencionaron el Informe Pericial presentado de nuestra parte, hecho que constituye una manifiesta vulneración al debido proceso