Auto Supremo AS/0479/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0479/2012

Fecha: 13-Dic-2012

Cabe señalar, respecto a la infracción de que se acusa al Tribunal Ad quem, que

Cabe señalar, respecto a la infracción de que se acusa al Tribunal Ad quem, que de la revisión acuciosa del cuaderno procesal, se advierte y constata, que lo aseverado no resulta evidente, toda vez que el decreto señalado de fs. 141 vlta. señala de manera textual : "se designa defensor de oficio a la abogada Elizabeth Nuñez Oropeza, para que represente a los terceros desconocidos que creyeren tener derecho sobre el bien inmueble de calle Ecuador s/n, Barrio Petrolero de esta ciudad, dentro del proceso ordinario de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA TREINTAÑAL seguido por Alberto Sivila Torres y otra contra Adriana Arduz Vda. de Arata, HEREDEROS DE ESTA y terceras personas desconocidas..." de lo que se infiere que los otros coherederos, han sido legalmente notificados y designado el defensor de oficio, conforme se tiene del Auto de fecha 7 de junio de 2011, que corre a fs. 141 vlta., no habiéndose producido vulneración alguna del artículo 124 parágrafo IV del Código de Procedimiento Civil como manifiesta el recurrente