Auto Supremo AS/0479/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0479/2012

Fecha: 13-Dic-2012

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en el art. 42 inc. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, y en aplicación de lo estipulado en el art. 271 inc. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA obrados hasta el Auto de Admisión de la demanda que cursa a fs. 78 vlta. Inclusive, ordena que el Juez A quo disponga la integración a la litis de los colindantes del inmueble objeto del litigio, en consideración a tratarse de un proceso sui generis de usucapión que pretende consolidar un aparente excedente de superficie