Principio de convalidación
Principio de convalidación.- En principio, dice Couture, toda nulidad en derecho procesal civil se convalida por el consentimiento si la parte perjudicada ratifica el acto viciado expresa o tácitamente. El principio de convalidación tiene íntima relación con el de preclusión, que tiene lugar cuando los justiciables no ejercen en forma oportuna o legal los recursos previstos por la ley adjetiva. Si los procesos deben sustanciarse en forma ordenada, así también las partes deben exponer sus reclamaciones dentro el tiempo y en la forma debida, esto por un elemental sentido de seguridad jurídica
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Tramitado el proceso, la Juez Aquo dicta la Sentencia Nro
- Que al no individualizar el excedente que pretenden usucapir, no han configurado el ánimus, resumiéndose
- Que, al no haber cumplido con el Artículo 380 Inc
- Que no se cumplió con la carga de la prueba, conforme al artículo 375 del
- Que al haber tomado conocimiento reciente de la existencia del excedente, se podría sostener que
- Que al no haber acreditado la posesión, declara improbada la demanda, con costas
- Que, Alberto Sivila Tórrez y otra, mediante apoderado, interponen recurso de casación tanto de en
- - Testimonio Legalizado de Escritura de venta de lote de terreno de 650 m² suscrita
- - Certificado del departamento de catastro municipal de fs. 39
- - Comprobantes de pago de impuestos anuales a la Alcaldía Municipal de fs
- Señala al respecto, que la prueba presentada en calidad de preconstituida y que ha sido
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- A ello se suma el hecho de que los presuntos herederos de la demandada, no
- A decir del recurrente, los medios probatorios señalados y descritos precedentemente, debieron ser valorados y
- El recurrente a tiempo de plantear el recurso, hace uso tanto de datos y citas
- Con relación al recurso de casación en la forma, interpuesto por el recurrente, el mismo
- Al respecto, puntualiza su argumentación en el hecho de que la Juez Aquo no hubiera
- Por los argumentos expuestos pide declarar la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo
- Que, con relación al recurso en la forma, señalaremos que el art
- Asimismo, indicar que en el tema de nulidades se tienen que evidenciar que los actos
- Principio de convalidación
- Que, en el caso de autos, con relación al recurso de casación en la forma
- Asimismo, indicar que en el tema de nulidades se tiene que evidenciar que los actos
- Que en el caso presente, con relación al recurso de casación en la forma, interpuesto
- Cabe señalar, respecto a la infracción de que se acusa al Tribunal Ad quem, que
- Sin embargo y siendo que este Tribunal a tiempo de resolver las impugnaciones planteadas contra
- En el caso de autos, de la revisión retrospectiva del cuaderno procesal, hasta la misma
- Extraña en ese sentido que tanto la juez A quo como el Tribunal de segunda
- Al respecto y siguiendo la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional tenemos: " Que el sistema
- Bajo ese razonamiento, y en virtud de que los jueces inferiores no han advertido el
- Respecto al recurso de casación en el fondo, interpuesto por los recurrentes, al haberse tramitado
- Por lo antes mencionado y evidenciada como está la omisión en la que han incurrido
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
