Auto Supremo AS/0169/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2012

Fecha: 20-Jul-2012

El recurrente acusó que fue interpuesta una demanda de nulidad de Escritura Pública el 28


El recurrente acusó que fue interpuesta una demanda de nulidad de Escritura Pública el 28 de agosto de 1998, misma que fue radicada en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil, emitiéndose Sentencia declarando probada la demanda y confirmada por Auto de Vista N° 19/2006, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, reparando de esa manera el daño civil ocasionado que fue de pleno conocimiento de la parte querellante, situación que no fue considerada por el Tribunal de Alzada, en el Auto de Vista N° 266/09 de 16 de abril de 2009, siendo así condenado por un delito que no cometió, pues, inclusive existió una propuesta del querellante, efectuada en presencia de su abogado que firmó la minuta de transferencia del 50% de su acción, como la entrega del monto de la fianza y que el querellante firmaría el desistimiento, proposición que no aceptó, en consideración a su familia y por su avanzada edad