Auto Supremo AS/0169/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2012

Fecha: 20-Jul-2012

Que, a los fines de resolver los Recursos de Casación presentados en Autos, se presentan

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº:169/12 Fecha: Sucre, 20 de julio de 2012

Expediente: 125/09

Distrito: La Paz

Partes: Alfonso Julio Huanca Aruquipa c/ Baltazar Machicado Quispe

Delito: Falsedad ideológica y Uso de Instrumento Falsificado

Recurso: Casación



VISTOS: (Del Recurso en cuestión)

Los Recursos de Casación presentados por Baltazar Machicado Quispe el 13 de julio de 2009 (fs. 721 a 723) y Alfonso Julio Huanca Aruquipa el 17 de julio de 2009 (fs. 726 a 729), contra el Auto de Vista N° 266 de 16 de abril de 2009 (fs. 712 a 714) emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Alfonso Julio Huanca Aruquipacontra Baltazar Machicado Quispe, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal, el Requerimiento Fiscal de fs. 734 a 736, los antecedentes, y;

CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)

Que, a los fines de resolver los Recursos de Casación presentados en Autos, se presentan los siguientes antecedentes:

Que, Alfonso Julio Huanca Aruquipa, el 4 de junio de 1998, presentó denuncia ante la Dirección Nacional de la Policía Técnica Judicial, División Delitos contra la Corrupción Pública, posteriormente el 20 de agosto de 2008 formalizó querella criminal por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal; señalando que, Alfonso Julio Huanca Aruquipa, que su fallecida madre fue propietaria de un bien inmueble ubicado en la Calle Juan Ondarza N° 1593 Zona Villa Nueva Potosí de la ciudad de La Paz, conjuntamente con Baltazar Machicado, ambos del 50% de acciones y derechos, posteriormente este último, al fallecimiento de la madre del querellante, habría realizado actos dolosos, como haber falsificado una minuta de compra-venta y en ella haber insertado huellas digitales suplantando a la de Remedios Aruquipa Callisaya (fallecida y madre del querellante), logrando inscribir la minuta en oficinas de Derechos Reales, figurando como único y legítimo propietario.

Que radicada la causa en el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de la Capital del Distrito Judicial de La Paz, el Juez mediante Auto Inicial de la Instrucción N° 241/98 de 20 de agosto de 1998, instruye Sumario Penal contra Baltazar Machicado Quispe, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados en los arts. 199 y 203 del Código Penal.

Concluida la etapa del Plenario, el Juez Noveno de Partido en lo Penal del Distrito Judicial de la Paz, emitió Sentencia Condenatoria Nº 68/2003 de 18 de noviembre de 2003 (fs. 268 a 271), declarando a Baltazar Machicado Quispe, autor de la comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal, por existir prueba plena en su contra, condenándole a la pena privativa de libertad de 4 años de reclusión a cumplir en el Penal de "San Pedro" de la ciudad del La Paz, más pago de costas, reparación de daños y perjuicios al Estado como a la parte civil, sujetas a la calificación en ejecución de Sentencia