Auto Supremo AS/0678/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2013

Fecha: 13-Nov-2013

a) Sobre los diecisiete (17) días de vacación que supuestamente correspondían a la gestión diciembre

a) Sobre los diecisiete (17) días de vacación que supuestamente correspondían a la gestión diciembre 2007 a diciembre de 2008 y que por ello debió presumirse que gozó de sus vacaciones anteriores de acuerdo a lo establecido en el artículo 182. h) del Código Procesal del Trabajo; corresponde señalar que del análisis minucioso de la literal cursante a fs. 299, se advierte que la vacación tomada por 17 días correspondió a las gestiones 2005-2006 y 2006-2007, aspecto que no fue desvirtuado por la parte demandada conforme era su obligación hacerlo en función de lo previsto por los artículos 3. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, hecho que fue corroborado con la confesión provocada del actor de fs. 330, señalando que por la gestión 2007 sacó su vacación y que de los siguientes años no se le concedió, razón por la cual no resulta aplicable al caso la presunción establecida en el artículo 182. h) del Código Procesal del Trabajo, toda vez que no se encuentra demostrado el pago de las vacaciones por el último año trabajado -2010-, para poder presumirse que las vacaciones por las gestiones anteriores a dicho año estuvieren pagadas, como pretende indebidamente la parte demandada, quien además cabe aclarar no llevó un registro adecuado de las vacaciones que supuestamente hubiese gozado el actor para poder descontarlos de los días de descanso demandados