Auto Supremo AS/0678/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Por consiguiente, al ser cierta en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación

Por consiguiente, al ser cierta en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación y/o nulidad de fs. 372-374 vlta., corresponde resolver en la forma prevista por los artículos 271. 4 y 274. II del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo