Auto Supremo AS/0678/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Consecuentemente, al no ser ciertas las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el

Consecuentemente, al no ser ciertas las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 379-382, estas devienen en infundadas, correspondiendo en consecuencia resolver de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por disposición del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo