Auto Supremo AS/0783/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0783/2013

Fecha: 24-Dic-2013

A lo anotado, se debe agregar que si bien con la referida Resolución Ministerial

A lo anotado, se debe agregar que si bien con la referida Resolución Ministerial Nº 603, más allá de haberse dispuesto la incorporación y no reincorporación de la actora como estableció el Tribunal Ad quem, el hecho trascendental radica en que no dispuso el pago de sus sueldos devengados; por lo cual, le correspondía objetar en sede administrativa al estar relacionado con el supuesto despido ilegal, toda vez que una eventual reincorporación con el consecuente pago de los sueldos devengados, por la condición de funcionaria pública de la actora, no podría ser tramitada por la judicatura laboral