Auto Supremo AS/0783/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0783/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Así también, acusó error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba

Así también, acusó error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba de fs. 9 a 10, que demostraron que su persona ejerció con anterioridad funciones en la institución demanda y que fue destituida de sus funciones en virtud de una decisión discrecional, violentando su garantía al debido proceso y su derecho a la defensa, habiendo modulado este hechos la Sentencia Constitucional Nº 2807/2010-R de 10 de diciembre de 2010; sin embargo, el Tribunal de Alzada, al revocar la sentencia de primera instancia violó los artículos 3. g) y 59 del Código Procesal del Trabajo, al no considerar que los derechos y beneficios sociales reconocidos por ley son irrenunciables e inembargables, siendo nulo de pleno derecho cualquier convención en contrario o que pretenda burlar sus efectos, y que está prohibido el despidió injustificado y toda forma de acoso laboral según establece el artículo 49 de la Constitución Política del Estado, habiéndose expresado en ese sentido el Auto Supremo Nº 016/2013 de 5 de febrero de 2013