Auto Supremo AS/0790/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0790/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Ahora bien, en lo relacionado al pago de los sueldos devengados por la suspensión de

Ahora bien, en lo relacionado al pago de los sueldos devengados por la suspensión de carácter temporal, sobre los que no se hubiese pronunciado el Auto de Vista; se observa que ello no es cierto, porque de su revisión, se advierte que sí lo hizo en el Considerando II, punto primero, estableciendo que el 12 de mayo de 2007 con la emisión del memorando de suspensión temporal se extinguió la relación laboral, concediendo correctamente el pago del sueldo devengado por los 12 días que trabajó la actora en el mes de mayo de 2007