Auto Supremo AS/0064/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0064/2013-RRC

Fecha: 11-Mar-2013

Regístrese, hágase saber y devuélvase

Por lo anteriormente expuesto, las denuncias relacionadas a las temáticas analizadas, carecen de sustento legal, por lo que al no existir contradicción con los términos de los precedentes citados, los motivos de los recursos de casación devienen en infundados.
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y lo señalado por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADOS los recursos de casación cursantes de fs. 314 a 324 y de fs. 329 a 330 vta., interpuestos por Carlos Zambrana Zambrana y Miriam Genoveva Jauregui Phillips, Fiscal de Materia, respectivamente.
Regístrese, hágase saber y devuélvase