Auto Supremo AS/0123/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2013-RRC

Fecha: 10-May-2013

Ahora bien, de la revisión minuciosa del Auto de Vista impugnado, se establece que la

Ahora bien, de la revisión minuciosa del Auto de Vista impugnado, se establece que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz como Tribunal de apelación, anuló totalmente la Sentencia y dispuso la reposición del juicio, al concluir que no cumplió con lo previsto por el art. 124 del CPP, al no haberse efectuado la fundamentación intelectiva de la prueba, pues si bien se realizó una descripción de las pruebas presentadas, no se le dio el valor correspondiente, remarcando que tal omisión constituye defecto absoluto de la Sentencia, que no puede ser convalidado, ante la vulneración de la garantía del debido proceso. De lo anterior se derivan dos implicancias: primero, establecer si es evidente la ausencia de fundamentación en la Sentencia; y segundo, de ser cierta esa afirmación, definir si correspondía o no, que el Tribunal de alzada proceda a su corrección directa como pretende la parte recurrente