Auto Supremo AS/0259/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2013

Fecha: 23-May-2013

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CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:

Que, una vez analizado los fundamentos que esgrime el recurrente, al cual se debe circunscribir la Resolución del recurso de casación, el Tribunal Supremo de Justicia, procede a decidir el fondo del recurso, en los siguientes términos:
1.Antes de entrar al fondo del recurso es necesario realizar las siguientes consideraciones referidas a la interposición del recurso de casación por el recurrente:
a)El recurrente indebidamente confunde el recurso de casación en la forma con el recurso de casación en el fondo, ya que estas son dos figuras jurídicas procesales de impugnación distintas, en ese sentido, el recurso de casación en el fondo es un recurso jurídico procesal de la parte agraviada contra un Auto de Vista, que busca obtener del Tribunal Supremo de Justicia invalide la Sentencia pronunciada por haber una infracción de ley, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, y que la reemplace por otra Sentencia, en que la ley se aplique correctamente; por el contrario el recurso de casación en la forma es un recurso procesal de la parte agraviada, destinado a obtener del Tribunal Supremo de Justicia, invalide la Sentencia por haber sido dictada por el Tribunal inferior prescindiendo de los requisitos legales, o por emanar de un procedimiento viciado al haberse omitido las formalidades esenciales que la ley establece.
b)Este Tribunal, en relación a la Resolución de los recursos de casación en el fondo y en la forma, a pesar de las deficiencias en la interposición de los recursos, en cumplimiento a los principios de celeridad, accesibilidad y verdad material previstos en el art. 180 parágrafo I de la Constitución Política del Estado, ha optado por resolver los recursos siempre y cuando se haya fundamentado las infracciones de la norma, ya sea adjetivas o sustantivas