Respecto a las buenas costumbres, en la legislación boliviana no existe propiamente la definición de
Respecto a las buenas costumbres, en la legislación boliviana no existe propiamente la definición de que se entiende por buenas costumbres, pero éstas son: “el modo constante de obrar por lo miembros de una sociedad” y la jurisprudencia sobre todo alemana ha determinado qué contratos son contrarios a las buenas costumbres, así se tienen: las que contrarían la ética profesional, cuando van contra los principios de moral sexual y cuando contravienen el orden familiar (Extractado de los Contratos Ilegales en el Derecho Privado Europeo de Francisco Infante Ruiz y Francisco Oliva Blázquez, (fs. 10 a 11). En el presente caso, de la revisión de las pruebas testifícales, solo las declaraciones testifícales de Humberto Huarita Garnica, Miriam Bertha Campos Rollano, Marina Chuya Ruiz de Baptista, Ximena Andrea Terán y Maria Elena Valverde Terrazas que cursan respectivamente de fs. 706 a 707, 735 a 736, 738 vuelta a 740, 737 a 738 y 753 vuelta a 754, pueden ser consideradas como directas por conversaciones con la Sra. Felicidad Tapia Guereca, en las cuales existe contradicción sobre sí se conocía o no del contenido de la segunda transferencia a favor de Carlos Johnny Velarde Tapia y Ernesto Walter Velarde Tapia, asimismo al ser el interrogatorio sobre el conocimiento o no del contenido del contrato y no sobre trasgresión del orden público y las buenas costumbres, no se ha podido comprobar si hubo o no causa o motivo ilícito que vayan contra el orden publico y las buenas costumbres
- Jiménez
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Que, la anterior demanda no fue contestada y se trabo la relación procesal solo con
- Que, el Juez de Tercero de Partido Materia Civil y Comercial de la Capital de
- Que, la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia del Potosí, ha
- 2)El memorial de recuso de fs
- 3)Se tiene que el recurso aludido incumple con las exigencias de lo dispuesto por el
- Que, Jorge Azurduy Jiménez en representación de Miguel Augusto Velarde Tapia, Carlos Johnny Velarde Tapia
- 2)La Resoluciones impugnadas no han realizado un análisis verdadero objeto del proceso, limitándose a los
- 3)Existe error esencial que recae sobre la naturaleza del objeto del contrato conforme al art
- 5)La madre de ambos compradores estaba enferma impedida de adoptar decisiones, se limitó a firmar
- Interpretando de este modo, el bien familiar de pertenencia del esposo y los hijos en
- 7)En el sub lite Walter Velarde tiene derecho sobre el bien inmueble de la Calle
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- c)El Tribunal Constitucional, en la Sentencia Constitucional Nº 2210/2012 de 8 de noviembre de 2012,
- d)En criterio de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por los fundamentos expuestos,
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- b)Sobre la existencia de error esencial que recae sobre la naturaleza del objeto del contrato
- c)Sobre que la transferencia, no tenía causa o motivo y se ignoró la participación
- Respecto a las buenas costumbres, en la legislación boliviana no existe propiamente la definición de
- El art
- Por una lado, el art
- f)Con respecto al último punto acusado de infracción de la norma, que indica que Walter
- Por otro lado, si bien es cierto que los sucesores del de cujus tienen un
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario en favor del Abogado de la parte demanda demandada en la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán
