Auto Supremo AS/0188/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2013-RRC

Fecha: 11-Jul-2013

Afirma la Sentencia en el párrafo sexto de la fundamentación, que la querellante no puede



Afirma la Sentencia en el párrafo sexto de la fundamentación, que la querellante no puede establecer con precisión fechas, meses, ni los importes reales que hubiera entregado a la imputada; además, que con el último documento quiso iniciarle demanda comunicando de esta decisión a su esposo quien acertadamente le aconsejo que ese documento no debería estar firmado por las otras personas; constatándose que son las terceras personas que recibieron el préstamo de dinero conforme reveló la imputada. Constatando el Tribunal de juicio que las partes mantenían relación contractual directa, también la querellante mantenía relación con las terceras personas de nombre Estela Jaldín, Carmen Bejarano, Madahi Reynaga y Yovana Heredia entre otras, con un interés del 6%, infiriéndose que la imputada en ningún momento indujo a la querellante a error o engaños para sonsacarle dineros, toda vez que esos préstamos estaban respaldados con recibos