Auto Supremo AS/0188/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2013-RRC

Fecha: 11-Jul-2013

En el párrafo quinto, fundamenta que de acuerdo a las declaraciones de los testigos y



En el párrafo quinto, fundamenta que de acuerdo a las declaraciones de los testigos y de la víctima, las partes en conflicto se conocían bien desde hace muchos años, porque mantenían un vínculo de parentesco familiar al ser la imputada cuñada de la querellante, y no como pretende hacer ver la querellante al Tribunal que recién esos años la frecuentaba para sonsacarle el supuesto dinero que tenía en su poder; además, que esa relación armoniosa subsistió años posteriores a los préstamos suscritos, llegando inclusive la querellante a figurar como garante de la acusada para que ingrese a trabajar a la Cooperativa Agro Capital; asimismo “...sin duda mantenían una mutua confianza y en consideración a ello pactaron préstamos de dinero en moneda extranjera y moneda nacional, suscribiendo recibos a nombre de terceras personas, que eran entregados a la acusada para que lo hiciera firmar y que devolviera a la querellante” (sic). También los testimonios de los testigos de cargo, dan a conocer que antes de estas transacciones, ambas sostenían relaciones contractuales civiles, calidad de acreedora-deudora, extremo que se extiende al apócrifo documento privado de 27 de febrero de 2008, de préstamo de dinero por la suma de $us. 8.000.- (ocho mil dólares estadounidenses), más Bs. 750.- (setecientos cincuenta bolivianos) (MP- PD2), demostrándose que la entrega de dinero fue voluntaria con la estipulación de un plazo, garantía e interés convencional, sin advertirse “…que ese documento suscrito surgió como consecuencia o resultado de los artificios, ardides o maquinaciones promovidas por la deudora hoy acusada conforme han afirmado los testigos de cargo que en presencia de muchos de sus familiares de la ahora querellante fueron entregados esos dineros suscribiendo recibos sin ninguna garantía” (sic), y pese a ello se pretendió negar dicha postura