Auto Supremo AS/0188/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2013-RRC

Fecha: 11-Jul-2013

En los párrafos noveno y décimo, la Sentencia señala que la prueba “MP-PD8”, no acredita



En los párrafos noveno y décimo, la Sentencia señala que la prueba “MP-PD8”, no acredita ninguno de los tópicos esgrimidos en la acusación, al ser una certificación de Pro Mujer que da cuenta que esta institución no recibió ningún depósito de dinero efectuado por Miriam Campos a nombre de terceras personas, siendo irrelevante en el caso; además, que las pruebas “MP-PD1”, “MP-PD3”, “MP-PD4”, “MP-PD6” y “MP-PD7” consistentes en la querella e informes de los investigadores, no contienen mayor relevancia para el esclarecimiento de la verdad histórica del hecho; y, que en relación a la prueba documental de la acusación particular es reiterativa a la del Ministerio Público