Auto Supremo AS/0188/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2013-RRC

Fecha: 11-Jul-2013

Así, resulta necesario acudir al historial de la existencia del documento privado en cuestión, de



En cuanto a las denuncias de omisión de pronunciamiento sobre el documento que al ser un contrato civil, debió activarse la instancia civil y no la penal, lo que vulneró el art. 117.III de la CPE, por penalizar un contrato civil; y, de la falta de motivación debida de la existencia del documento que desecharía el artificio o engaño.


Teniendo en cuenta que ambos reclamos convergen en el documento privado de préstamo de dinero, relacionado a la omisión y la falta de motivación incurrida por el Tribunal de apelación; este Tribunal considera pertinente su análisis y resolución en forma conjunta, en los siguientes términos.


Así, resulta necesario acudir al historial de la existencia del documento privado en cuestión, de tal manera que de antecedentes se estableció que la denuncia se realizó por el delito de Estafa, toda vez que la víctima entregó sumas de dinero a la imputada el 27 de febrero de 2008 y pasado el tiempo, ante la constante insistencia de que le devolviera el monto total del dinero prestado a la querellada, se suscribió el documento privado -de 27 de febrero de 2008- por el resto de la deuda, que ascendía a la suma de $us. 8.110.-; estos aspectos concluyentes fueron confirmados en la Sentencia emitida por el Tribunal de sentencia en base al conjunto del desfile probatorio efectuado en juicio oral consistente en las declaraciones de testigos y de la víctima, así como de la producción e incorporación de literales